SUBVENCIONES PROGRAMA IMPACTO AUTÓNOMO - TR890A - DOG núm 3 de 04 de enero 2023
Beneficiarios
• Las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas, con domicilio fiscal en Galicia y que hayan tenido unos rendimientos netos mínimos de actividades económicas realizadas de 10.000 € y un máximo de 30.000 €, en el año 2021.
• Las personas trabajadoras autónomas de temporada que acrediten estar de alta o situación asimilada en el momento de la presentación de la solicitud, y que hayan estado de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en el año 2021 y en el año 2022.
• Las microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles, con domicilio fiscal en Galicia y con un mínimo de facturación en el año 2021 de 50.000 € y un máximo de 750.000 euros en el mismo año 2021.
Exclusiones:
• Las personas autónomas colaboradoras y familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegio profesional y que no tengan la condición de personas trabajadoras por cuenta ajena
Requisitos:
• Que está de alta o situación asimilada, mínimo 6 meses antes de la publicación de esta convocatoria, en el régimen de la Seguridad Social correspondiente (en el RETA o en la mutualidad correspondiente), o, si es una persona autónoma de temporada, que está de alta o situación asimilada en el momento de presentación de la solicitud, y que ha estado de alta un mínimo de 4 y un máximo de 9 meses en el año 2021 y/o en el año 2022.
• Que tiene el domicilio fiscal en Galicia.
• Que, en el caso de desarrollar actividad en establecimiento fijo abierto al público, el establecimiento va a permanecer abierto al público durante los 6 meses siguientes al 04 de enero de 2023.
Plazo de Presentación
• Desde el 09/01/2022 hasta el 09/02/2023
Cuantía de la ayuda
• Para las personas autónomas que tributen en régimen de estimación objetiva (módulos), el importe de la ayuda será de 800 €.
• Para personas autónomas que tributen en régimen de estimación directa o atribución de rentas, y otros regímenes:
1. Con rendimientos netos en el año 2021 de hasta 20.000 €, el importe de la ayuda será de 1.500 €.
2. Con rendimientos netos en el año 2021 de hasta 30.000 €, el importe de la ayuda será de 1.200 €.
• Para microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles:
1. Con un mínimo de facturación en el año 2021 de entre 50.000 € y un máximo de 250.000 €, el importe de la ayuda será de 1.500 €.
2. Con una facturación superior a 250.000 € en el año 2021 y hasta un máximo de 750.000 €, el importe de la ayuda será de 1.200 €.
Los importes previstos se reducirán al 50 % en el caso de personas autónomas, microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles que se hayan dado de alta a lo largo del año 2021 y no acrediten 12 meses completos de actividad, así como en el caso de personas autónomas de temporada.
Eva Lopez Martinez
Graduado Social en Salgueiro & Lopez Gabinete Juridico